Son documentos suscritos por particulares en los cuales el notario certifica la identidad de los comparecientes, la fecha y la autenticidad de sus firmas. A diferencia de la escritura pública, estos documentos no se incorporan al protocolo notarial.
Son aquellos documentos otorgados con las solemnidades legales ante notario, incorporados a su protocolo y que gozan de plena fe pública.